Este beneficio busca apoyar financieramente a alumnos regulares de carreras vespertinas, que financien su carrera con sus propios medios, en calidad de trabajador dependiente (Alumno Sostenedor) y que se encuentren en situación de cesantía.
Este beneficio cubre hasta 6 mensualidades de arancel consecutivas, sin considerar la matrícula. El monto máximo de la beca corresponderá a un arancel normal establecido por la Universidad.
Requisitos para activar la beca:
Pérdida del Beneficio:
Causales de finiquito aceptadas: necesidades de la Empresa, mutuo acuerdo de las partes, cuya indemnización supere el 50% del que hubiere correspondido si el término de contrato hubiese sido por Necesidades de la Empresa; caso Fortuito o Fuerza Mayor.
El plazo máximo para denunciar la cesantía es de 30 días corridos desde el término de la relación laboral o desde la firma del Finiquito en Notaría o Inspección del Trabajo.
Documentos requeridos:
Para el pago mensual de la Beca, el alumno deberá entregar en Bienestar Estudiantil, entre los días 15 y 20 de cada mes, los siguientes documentos: un certificado de AFP (12 últimas cotizaciones) y una Declaración Jurada de cesantía ante notario.
La Beca cesará automáticamente: