Admisión

Becas y Beneficios

Financiamiento de Arancel / Beca Complementaria de Arancel UDP

Es una beca anual que apoya la diferencia no cubierta por el Crédito Ley N° 20.027. El beneficio consiste en un porcentaje de descuento desde un 20% hasta un 60% del co-pago resultante entre el arancel real de la carrera y el arancel de referencia establecido por el Ministerio de Educación. Se postula en octubre de cada año.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Podrán postular al beneficio los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser chileno o extranjero con residencia definitiva.
  • Ser alumno regular de la Universidad en cualquier programa de pregrado.
  • Haber cursado, a lo menos, dos semestres académicos. En el caso de los alumnos de primer año deberán estar cursando su segundo semestre académico.
  • Acreditar la postulación al Crédito con Aval del Estado, mediante la impresión del Formulario de Postulación.
  • Haber aprobado el 70% o más de los ramos inscritos durante el año de postulación a la beca.
  • Haber obtenido un promedio igual o superior a 4.0 en el año que postula a la beca.
  • Tener una situación socioeconómica deficitaria.
  1. El período de postulación a la Beca Complementaria UDP es desde octubre a noviembre de cada año.
  2. Los estudiantes interesados, deberán  retirar el Reglamento y Formulario en Bienestar Estudiantil y  solicitar una entrevista con un (a) Asistente Social.
  3. Los postulantes deberán asistir a la entrevista con  el Formulario debidamente completo y la documentación de respaldo. En esta instancia, la (el) Asistente Social evaluará la situación socioeconómica del postulante.
  4. Los postulantes a este beneficio no deben matricularse hasta la entrega de los resultados. Sin embargo, para no verse perjudicados, se habilitará el sistema para que tomen ramos en el período general.
  5. La adjudicación de esta beca se realiza en relación a la disponibilidad del Fondo y la evaluación de las variables socioeconómicas del postulante.
  6. Los resultados de asignación se darán a conocer en Bienestar Estudiantil según el calendario anual, durante la última quincena de enero.
  7. A partir de la entrega de los resultados los postulantes tendrán tres días hábiles para apelar, personalmente en la Unidad de Bienestar.